Anulado el despido de una trabajadora que llamó "puto gordo", "foca" y "maricón" a un compañero
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ratificado la nulidad del despido de una empleada de una gran firma de cosmética en León, que había sido despedida tras insultar de manera reiterada a un compañero de trabajo con expresiones como “puto gordo”, “maricón”, “foca” o “maricona mala”.
La sentencia, dictada en julio de 2025 desestima el recurso interpuesto por la multinacional francesa contra un fallo previo del Juzgado de lo Social de León. El tribunal concluye que las infracciones imputadas a la trabajadora estaban “fuera de plazo” al momento del despido.
Insultos continuados y mal ambiente laboral
Según consta en la resolución judicial, la empleada profirió los insultos entre mediados de 2023 y las fiestas navideñas de ese año. Además, en varias ocasiones se dirigió al trabajador afectado con expresiones como “ahí va la marquesa” mientras ambos atendían a clientes.
El comportamiento, según la empresa, se prolongó durante meses y contó con la participación de otras dos compañeras, lo que generó un entorno “totalmente insostenible” en el centro comercial de León donde operaba el establecimiento.
La denuncia y el retraso en el despido
El trabajador afectado denunció la situación ante la dirección de la empresa leonesa en noviembre de 2023. No obstante, el despido de la empleada no se produjo hasta septiembre de 2024, después de que la empresa recibiera un informe interno que no llegó hasta julio de ese año.
“Lamentablemente, los plazos legales no se ajustaron a los hechos”, señala la sentencia, que se apoya en el artículo 60 del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que las faltas leves prescriben a los diez días, las graves a los veinte y las muy graves a los sesenta.
“La sanción se impuso fuera del tiempo legal”
El TSJ de Castilla y León argumenta que, aun reconociendo la gravedad de la conducta, la sanción disciplinaria quedó invalidada por el exceso de tiempo entre los hechos y la decisión de la empresa.
“El despido se produjo más de seis meses después de la denuncia, por lo que la falta había prescrito en su totalidad”, subraya la resolución.
Por tanto, la trabajadora deberá ser readmitida o indemnizada conforme a la legislación vigente, según lo establecido por el tribunal.