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TRIBUNALES

El Supremo condena a prisión permanente revisable a la enfermera que intentó matar con inyecciones de insulina a una nonagenaria en una residencia de León

Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
Primera jornada del juicio contra una auxiliar de Enfermería acusada de asesinato por la muerte de una paciente de la Residencia de Ancianos Virgen del Camino de León en 2022. Foto: Campillo.
La acusada, a su llega a juicio. Foto: Campillo

El Alto Tribunal considera a Silvia V.R. autora de un delito de asesinado agravado a una mujer de 98 años que sufría demencia con dependencia para cuidados básicos y actividades cotidianas

La Sala de lo Penal el Tribunal Supremo condenó a una pena de prisión permanente revisable por un delito de asesinato agravado a Silvia V.R., la auxiliar de Enfermería que, en agosto de 2022, agredió a una anciana de 98 años y posteriormente administrarle varias dosis de insulina con intención de causarle la muerte en la Residencia Virgen del Camino de León. 

El Supremo consideró probado que el 17 de agosto de 2022 la auxiliar recogió después de la cena a la anciana, que sufría demencia con dependencia para cuidados básicos y actividades cotidianas, y la condujo en silla de ruedas a la habitación para acostarla.

“Mientras la atendía, con intención de menoscabar su integridad física, la agredió dándole varios golpes con la mano en la cabeza y zarandeándola”, detalló la sentencia, ante lo que la anciana se quejó, por lo que otra auxiliar acudió a la habitación al oír los gritos y avisó a los responsables de la residencia y una dotación de la Policía Nacional, que acudieron al centro, mientras que la anciana fue atendida de las lesiones por personal sanitario en la misma residencia.

Cuatro pinchazos de insulina

Posteriormente, la directora de la residencia le dijo a la acusada que se cambiase y que se fuera a su casa hasta que se aclarase lo ocurrido, pero, según recoge la sentencia, cuando iba a marcharse, Silvia V. R. entró en el cuarto de Enfermería y cogió del carro de curas un bolígrafo de insulina que tenía el nombre de la única residente del centro que la necesitaba, tras lo que se fue a la habitación de la anciana y, “con el propósito de causarle la muerte”, se la inyectó mediante cuatro pinchazos.

En el texto del Supremo también se explica que al día siguiente otras auxiliares fueron a levantar de la cama a la mujer y, al comprobar que no respondía a estímulos, fue trasladada al Hospital, donde ingresó en coma como consecuencia de una intoxicación por insulina que días después le provocó la muerte. 

La Audiencia Provincial de León condenó Silvia V. R. a 20 años de prisión como autora de un delito de asesinato alevoso consumado, con inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena. Además, como autora de un delito leve de lesiones, le impuso una multa de 360 euros y el pago de una indemnización de 5000 euros a cada uno de los diez sobrinos de la víctima.  El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó la condena, pero estimó en parte el recurso de la acusada y rebajó la indemnización.

El Supremo reconoce la situación de vulnerabilidad de la víctima

El Tribunal Supremo estimó ahora el único motivo del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia recurrida, en el que solicitaba una recalificación de los hechos con aplicación del artículo 140.1. 1ª del Código Penal -prisión permanente revisable- dada la situación de vulnerabilidad de la víctima. También desestimó el recurso de casación interpuesto por la condenada.

Así, la Sala de lo Penal impuso la pena de prisión permanente revisable y mantuvo el resto de los pronunciamientos de la sentencia recurrida en lo relativo a la condena por el delito de lesiones y a las indemnizaciones fijadas.

En su sentencia. explica que ajusta su decisión en el caso examinado a la propia doctrina dictada por el Pleno de la Sala en esta materia, que avala la compatibilidad entre la alevosía por desvalimiento y la hipercualificación del artículo 140.1.1º del Código Penal.

Alevosía por desvalimiento

“La esencia de la alevosía se encuentra en el desarrollo de una conducta agresora que, objetivamente, orientada al aseguramiento de la ejecución, elimina la defensa, y correlativamente diluye eventuales riesgos para el actor procedentes del agredido”, detalló el Supremo, a lo que añadió que “no hay duda de que inyectar insulina en esas dosis a una anciana con sus facultades mentales deterioradas y rendida a los cuidados de los empleados de la residencia en que estaba ingresada es acción alevosa”.

“Para construir la alevosía -prosigue el tribunal- basta atender a la forma sibilina e inimaginable para la víctima de la acción homicida, que está siendo atendida y cuidada como usuaria de una residencia recibe una inyección intravenosa, supuestamente terapéutica o prescrita sanitariamente, por parte del personal, por lo que nada invita a sospechar que pudiera tratarse de una modalidad agresora”. “Habrá alevosía con independencia de las condiciones y edad de la víctima. Si, además, ésta es especialmente vulnerable por su edad y estado psíquico, se detecta un factor añadido que incrementa la gravedad de la conducta”, concluye.