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La nueva Zona de Bajas Emisiones entra en vigor este viernes pero solo tendrá efecto práctico en alertas por mala calidad del aire

Imagen de una cámara de control del área peatonal en el centro de León.
La Ordenanza de Movilidad de la ciudad de León regulará también las nuevas zonas peatonales y observará "varios meses" de adaptación sin multas | En el caso de los patinetes, no podrán usarlos menores de 16 años ni podrán circular por las aceras y será obligatorio el uso de casco

La nueva Ordenanza de Movilidad de la ciudad de León entra en vigor este viernes 7 de noviembre, aunque lo hace, según han explicado desde el Ayuntamiento, "sin cambios sustanciales en la práctica para la ciudadanía y con varios meses de adaptación a la misma". La principal novedad de esta normativa es la ampliación de las calles de prioridad peatonal que pasarán a tener la misma regulación que hasta ahora han tenido otras zonas de la ciudad como el Casco Histórico, la avenida Ordoño II o la calle Burgo Nuevo.

Asimismo, la nueva normativa delimita la Zona de Bajas Emisiones 2 o de Ensanche (ZBE 2) que "no afectará en nada en la práctica" ya que solo habrá restricciones por episodios en los que se superen las concentraciones de Dióxido de Nitrógeno y partículas PM 10, "unos niveles nunca registrados hasta ahora en la ciudad dada su buena calidad del aire".

La Ordenanza entra en vigor, pero habrá unos meses de adaptación a la misma por lo que el Ayuntamiento de León no aplicará la norma en su apartado de sanciones, de lo que se informará debidamente a la ciudadanía. 

La nueva Zona de Bajas Emisiones

La Unión Europea ha obligado a las ciudades mayores de 50.000 habitantes a crear una Zona de Bajas Emisiones para lo que han habilitado una serie de subvenciones con las que modernizar la movilidad urbana, algo que el Ayuntamiento de León ha conseguido poner en marcha "sin necesidad de aplicar restricciones permanentes dada la buena calidad del aire de la ciudad".

Así son las ZBE de León

🟩 ZBE 1: Casco Histórico y Ordoño II, acceso limitado de forma permanente
La Zona de Bajas Emisiones 1 (ZBE 1) de León abarca el Casco Histórico, la avenida Ordoño II y las calles de prioridad peatonal del centro urbano. En esta área, la restricción de acceso a vehículos es permanente, siguiendo el modelo ya aplicado en las zonas peatonales tradicionales. Solo pueden acceder residentes, vehículos autorizados, servicios esenciales y transporte público, manteniendo así un entorno libre de tráfico y emisiones.

🟨 ZBE 2: Ensanche, control temporal en episodios de contaminación
La Zona de Bajas Emisiones 2 (ZBE 2), conocida como la del Ensanche, se extiende entre las vías Álvaro López Núñez, Cruz Roja de León, Reyes Leoneses, paseo de la Condesa de Sagasta, Facultad de Veterinaria, Lancia y Jardín de San Francisco. En condiciones normales, no habrá restricciones de circulación, pero sí podrán activarse limitaciones temporales si se superan los niveles de dióxido de nitrógeno (NO₂) o partículas PM10. En tal caso, solo podrán circular los vehículos ECO y Cero Emisiones, mientras que los de etiqueta C requerirán autorización. Los residentes conservarán siempre su derecho de acceso.

 

La ZBE en León está compuesta de dos partes diferenciadas, una peatonal (casco histórico y el entorno de Ordoño II) y otra denominada de 'ensanche' cuyo limite exterior lo marcan las vías Álvaro López Núñez, Cruz Roja de León, Reyes Leoneses, paseo Condesa de Sagasta, Facultad de Veterinaria, Lancia y Jardín de San Francisco. La primera zona citada (ZBE 1) tendrá condiciones permanentes como todas las vías peatonales hasta ahora y en la segunda (ZBE 2) solo tendrá restricciones cuando se decrete por la Junta de Castilla y León el nivel de alerta por episodios en los que se superen las concentraciones de Dióxido de Nitrógeno y partículas PM 10, unos niveles alejados de los datos que registra la ciudad de León y que nunca se han producido.  

Autorizaciones y pegatinas

En condiciones normales "todos los vehículos podrán circular por la denominada ZBE 2". En el caso hipotético de activación de la alerta, esta no afectará a aquellos que sean ECO y Cero Emisiones. Los que tengan etiqueta C necesitarán autorización y no podrán circular los que tengan etiqueta B o sin distintivo (salvo que dispongan del correspondiente permiso que les habilite el acceso). En ningún caso los residentes de las zonas afectadas tendrán restricciones de circulación. 

Los vehículos que precisen de autorización podrán tramitarla de forma presencial en el Ayuntamiento de León ya sea en su sede de Ordoño II o en la plaza de San Marcelo en las dependencias de la Policía Local. También el trámite podrá hacerse a través de la sede electrónica y, además, el Consistorio desarrollará una aplicación web para los teléfonos móviles con esta finalidad.

Los permisos relacionados con el uso de aparcamientos (ya sean subterráneos o regulados por las zonas azul o verde) no precisarán de realizar ningún trámite dado que quedarán automáticamente autorizados. Los permisos establecidos para las zonas peatonales estarán vigentes para la ZBE 2 en los casos de restricciones y no necesitarán de trámites adiciones. En caso de urgencia o imprevisto, el acceso podrá registrarse hasta 72 horas después de la entrada a la zona.  

Las Zonas de Bajas Emisiones tendrán cámaras de lectura de matrículas para controlar accesos, pero las sanciones solo se impondrán si se incumplen las normas de las zonas peatonales.


Novedades para los patinetes

Imagen de un patinete en una zona urbana.

Asimismo, la Ordenanza de Movilidad contempla novedades en cuanto a la circulación con Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que tendrán la consideración de vehículos y las personas que los conducen, de conductores. Por ello, no podrán circular con ellos menores de 16 años. Las personas que se muevan por la ciudad de León con este tipo de transporte deberán hacerlo por vías y áreas de prioridad peatonal sin acceso restringido de vehículos, calzada de Zonas 30, ciclo carriles, carriles bici, sendas ciclables y acera-bici. Por lo tanto, no podrán circular por aceras, paseos, vías y áreas de prioridad peatonal con acceso parcialmente restringido, entre otras.

Además, la nueva Ordenanza obliga al uso de casco de protección homologado o certificado y también indica que los usuarios de VMP deberán facilitar su visibilidad con alguna prenda o elemento luminoso o retrorreflectante, alertando de su presencia a otros usuarios de las vías. Su uso será obligatorio entre el ocaso y salida del sol o en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad.