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El juez envía a procedimiento abreviado a Errejón por el caso Mouliaá

Iñigo Errejón, durante una de sus comparecencias.
El magistrado Adolfo Carretero concluye la instrucción tras trece meses y aprecia indicios suficientes para que el exdirigente de Sumar afronte un juicio por presunta agresión sexual

El magistrado Adolfo Carretero, titular del Juzgado de Instrucción que analiza la denuncia de la actriz Elisa Mouliaá, ha decidido transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado contra el exdiputado Íñigo Errejón. La resolución, difundida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), considera que existen indicios que justifican continuar el caso hacia la fase de enjuiciamiento.

La investigación se ha prolongado durante trece meses, tiempo en el que el juez ha interrogado a ambas partes, ha escuchado a testigos y ha incorporado valoraciones periciales, incluida la solicitud de que los dos implicados aportaran las conversaciones que mantuvieron en torno a las fechas de los hechos denunciados.

El relato de la actriz y el peso de su testimonio

La denuncia de Mouliaá sitúa el origen del caso en un encuentro en 2021, durante la presentación de un libro de Errejón. Según su versión, ambos se vieron después en un bar y, más tarde, la actriz acudió a una fiesta en la que, de acuerdo con su relato, se produjeron los episodios que motivaron la denuncia.

En la resolución, Carretero destaca que la declaración de la intérprete constituye el “principal indicio probatorio” dada la ausencia de testigos presenciales. El instructor subraya que su testimonio ha mantenido coherencia en los aspectos esenciales a lo largo de los distintos interrogatorios y que las posibles lagunas fueron aclaradas durante la instrucción.

Los peritajes psicológicos practicados, junto con las declaraciones de terceros que hablaron con la actriz tras lo sucedido, forman parte de los elementos valorados por el magistrado para justificar la continuación del proceso.

La versión del exdiputado y la valoración judicial

Errejón, interrogado en sede judicial, niega la existencia de agresión sexual y sostiene que los contactos se produjeron con consentimiento. Ninguna de las personas que asistieron a la fiesta en cuestión pudo aportar observaciones directas sobre lo ocurrido, aunque sí describieron la conducta general de los implicados durante la noche, sin detectar incidentes visibles.

El juez señala que las periciales apoyan parcialmente las posturas de las dos partes, pero entiende que los indicios no permiten el archivo de la causa. Entre los aspectos que toma en consideración está el historial público del político y decisiones previas en su carrera, aunque el propio Errejón explicó en la instrucción que estas no guardaban relación con la denuncia.

Próximos pasos en la causa

Con el procedimiento abreviado ya acordado, el juzgado trasladará la causa a la Fiscalía y a las acusaciones para que formulen sus escritos. A partir de ellos se decidirá si se abre juicio oral y bajo qué calificación penal.

El caso, que ha generado un amplio seguimiento público, se adentra así en una fase procesal decisiva en la que deberán determinarse los cargos concretos y las responsabilidades que la acusación considera acreditadas.