El Tribunal de la UE respalda la ley de amnistía y abre la puerta a Puigdemont
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la ley española de amnistía al considerar que su contenido no vulnera el Derecho comunitario en los aspectos planteados por los tribunales españoles.
La resolución responde a las cuestiones prejudiciales elevadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, que solicitaron a la corte europea que aclarara si la norma podía afectar a los intereses financieros de la Unión Europea o entrar en conflicto con la legislación comunitaria sobre terrorismo. El fallo concluye que ninguno de esos supuestos impide la aplicación de la ley.
Consecuencias para las causas abiertas
La decisión del tribunal con sede en Luxemburgo tiene especial incidencia en los procedimientos que permanecían pendientes de la interpretación del Derecho europeo. Entre ellos figura la situación del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, cuya eventual aplicación de la amnistía podría verse favorecida tras este pronunciamiento.
La sentencia también afecta a otros procedimientos relacionados con el denominado procés, incluidos los derivados de la responsabilidad contable por el uso de fondos públicos y determinadas causas vinculadas a delitos de terrorismo cuya compatibilidad con la normativa europea había sido cuestionada.
El criterio del tribunal
Los magistrados europeos entienden que la ley de amnistía no compromete la protección de los intereses económicos de la Unión ni resulta incompatible con la directiva europea en materia de terrorismo, siempre dentro del marco analizado en las cuestiones remitidas por los órganos judiciales españoles.
Con esta resolución, el TJUE coincide con el criterio expresado meses atrás por el abogado general de la institución, que ya había defendido la adecuación de la norma al ordenamiento jurídico de la Unión.
Próximos pasos
Aunque la sentencia fija la interpretación del Derecho de la Unión, la aplicación concreta de la amnistía seguirá correspondiendo a los tribunales españoles que tramitan cada procedimiento. El fallo, no obstante, elimina uno de los principales interrogantes jurídicos que pesaban sobre la norma desde su entrada en vigor y servirá de referencia para las resoluciones que aún permanecen pendientes.