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La Guardia Civil detuvo o investigó a 409 conductores en carreteras leonesas en 2024

Un control de alcohol y droga de la Guardia Civil de Tráfico.

La cifra supone un retroceso del 0,9 por ciento con respecto al año anterior en León y los positivos por alcohol y droga siguen siendo la primera causa de los delitos

El número de detenidos e investigados en las carreteras de Castilla y León por delitos contra la seguridad vial alcanzó el pasado año la cifra más alta de la serie histórica con 2.225, un 5,1 por ciento más que en 2023 y un 29,5 por ciento por encima de los niveles de año 2017, según datos del Ministerio del Interior a los que ha tenido acceso Ical.

A pesar de las campañas de concienciación y del incremento de los controles por parte de la Guardia Civil, los positivos por alcohol y drogas continúan siendo la primera causa de los delitos y el pasado año dejaron 951 detenidos -27 más que en 2023-, que suponen el 42,7 por ciento del total.

Detenidos e investigados por delitos contra la seguridad del tráfico en Castilla y León.

La segunda causa, al igual que en los últimos ejercicios, fue la de conducir sin haber logrado el permiso o bien por hacerlo habiendo agotado todos los puntos del carnet. En este caso se contabilizaron 833 imputaciones, 21 más, que representan casi el 37,4 por ciento. Por su parte, el exceso de velocidad sólo supone el 1,6 por ciento de los casos de las detenciones. El pasado año se contabilizaron 37, nueve más que en 2024.

Por provincias

Por provincias, el comportamiento fue desigual. Mientras Salamanca lideró los incrementos con un 24,3 por ciento, hasta los 235 detenidos o investigados, por delante de Segovia, con un 22,7 por ciento (286) y de Ávila con un 20,6 por ciento (216). También se registraron subidas en Valladolid, que alcanzó los 345 detenidos (+11,6 por ciento) y Palencia, con 158 (+6 por ciento). Mientras tanto, en Burgos se registró una caída un 14,5 por ciento (236), en Soria del 5,1 por ciento (135), en Zamora el retroceso alcanzó el 5,1 por ciento (205) y en León el 0,9 por ciento (409). A nivel nacional, fueron 24.676 las personas detenidas o investigadas, un 1,1 por ciento menos que en 2023.

Para Jeanne Picard, secretaria general de la ONG Stop Accidentes, esta negativa evolución del número de delitos contra la seguridad vial pone de manifiesto que la “conciencia del riesgo al volante” continúa sin existir, especialmente entre los mayores de cuarenta años, donde el alcohol continúa asociado a la diversión. “Gracias al intenso trabajo que se ha venido realizando con los jóvenes, entre ellos hay una mayor concienciación y tiene claro que el conductor no bebe y es el responsable de llevar a casa a todos los amigos”, aseguró.

La 'conciencia del riesgo'

Para Picard, la “conciencia del riesgo” continúa siendo la asignatura pendiente del tráfico en España, ya que si al alcohol y las drogas se suma el exceso de velocidad y las distracciones que provocan el uso de móvil, el “cóctel” es “dramático”. “Matar alguien que puede ser tu amigo o un familiar por beber alcohol o por una distracción no es asumible para nadie”, sentenció.

Al mismo tiempo, la secretaria de Stop Accidentes se mostró convencida de que al final se aprobará por unanimidad la reforma legislativa que se está tramitando en el Congreso de los Diputados para rebajar la tasa legal de alcohol al volante de 0,25 a 0,1 miligramos por litro de aire espirado. “Estamos ante una cuestión de salud pública y de vida, donde no hay lugar para la ideología política”, afirmó. Además, recordó que esta tasa ya está implementada desde hace años en Suecia y Noruega, dos de los países europeos que tienen los mejores datos del mundo en seguridad vial y siniestralidad, tal y como lo demuestran las cifras. En concreto, en 2022-2023 Noruega tuvo una tasa de 21-22 fallecidos por millón de habitantes y Suecia de 22-22, frente a la de España que se situó en 37-36, siendo la media europea de 46.

Penas

Las sanciones por dar positivo en un control de alcoholemia van desde los 500 euros de multa y la pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir (entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro en aire espirado) hasta los 1.000 euros y seis puntos en los casos más graves (más de 0,50 miligramos). En el caso de ser reincidente, la multa también es de mil euros, independientemente de la tasa de alcohol, aunque el conductor perderá cuatro o seis puntos dependiendo de la tasa.

No obstante, conducir bajo los efectos del alcohol se convierte en un delito cuando se supera una tasa de 0,60 miligramos. La penas que establece el Código Penal van desde tres a seis meses de prisión, multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y, en cualquier caso, la privación de conducir entre uno y cuatro años.

Las mismas penas conlleva el ser condenado por un delito por exceso de velocidad. Para que rebasar la velocidad permitida pase de ser una sanción administrativa para convertirse en un delito el conductor debe superarse en más de 60 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en vía urbana o rebasar en más de 80 la máxima permitida en vía interurbana. Por su parte, la persona que se niegue a realizar la prueba de alcoholemia se enfrenta a una pena prisión de seis meses a un año y privación del carné de conducir por tiempo superior a un año y hasta cuatro años.

Por su parte, conducir sin carné pasó a ser delito en mayo de 2008 después de que entrara en vigor el artículo 384 del Código Penal, donde se establecen penas prisión de tres a seis meses, o multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Hasta entonces, conducir sin licencia sólo implicaba una sanción administrativa.

Conducción temeraria

En el caso de conducción temeraria, el código penal determina penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho de conducir por tiempo superior a un año y hasta seis años. Según el Tribunal Supremo, el dolo de este tipo de delito “requiere de conocimiento de que con la anómala conducción se pone en concreto peligro la vida o integridad física de las personas”. Un ejemplo de este delito es cuando una persona que, bajo los efectos de las drogas, circula por calles peatonales abarrotadas de gente a alta velocidad. También se juzgarán como conducción temeraria los casos en los que de forma simultánea se cometa un delito por superar los límites de velocidad y otro por conducir bajo los efectos de las drogas o el alcohol.

En el delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás (conducción homicida o conducción suicida) se establece una pena de prisión de dos a cinco años, multa de 12 a 24 meses o la retirada del carné durante un periodo de 6 a 10 años.

Por último, en el caso de delitos contra la circulación -colocar obstáculos imprevisibles, derramar sustancias deslizantes o inflamables, sustraer o anulando la señalización... o no restablecer la seguridad de la vía cuando hubiera obligación de hacerlo- la pena es de prisión de seis meses a dos años, o multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio a la comunidad de 10 a 40 días.