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Más del 34% de las zonas declaradas afectadas por emergencias están en León

Más del 34% de las zonas afectadas por emergencias de protección civil son de León.
El Gobierno declara 211 zonas afectadas por emergencias de protección civil, de las que 58 se ubicaron en la Comunidad y 57 fueron por incendios forestales
 

El Gobierno declaró este martes zonas afectadas por una emergencia de protección civil los territorios afectados por un total de 211 episodios catastróficos, 58 en Castilla y León, la mayor parte, 57, consecuencia de incendios forestales. Los sucesos abarcan el periodo del 31 de marzo al 27 de julio, con daños en comarcas de catorce comunidades autónomas. 

La propuesta del Ministerio del Interior aprobada por el Consejo de Ministros, incluye los incendios originados en la Comunidad de Madrid y en las provincias de Ávila y Toledo que motivaron la declaración de emergencia de interés nacional el pasado 23 de julio, la primera vez que se adopta esta decisión en emergencias derivadas de incendios forestales. 

León: la mayor afectada

En concreto, la mayor parte de las zonas se declara en León, 20, seguida por Ávila, nueve; Valladolid, ocho; Burgos, cinco; Palencia y Zamora, cuatro en ambos casos; Salamanca y Soria, tres en cada una; y Segovia, dos. 

Bajando al detalle, en la provincia leonesa se incluyen las zonas afectadas por los incendios forestales del 25 de junio en Quintana y Congosto, Valdepiélago, Villamanín, Luyego, Vega de Valcarce, Congosto, Sotelo, Trabadelo, Molinaseca, Vega de Espinareda, uno simultáneo (Congosto, Vega de Valcarce y Sotelo), y Arganza; el 26 de junio en Villaquejida; el 27 de junio en Vega de Espinareda II; el 21 de julio en Caboalles de Arriba; y el 22 de julio, en Castropodame, Encinedo, Valdesamario (Murias de Ponjos), La Baña y Villaverde de los Cestos.

Ávila, Valladolid y Burgos muy tocadas

En cuanto a la provincia de Ávila se declaran las zonas impactadas por las llamas declaradas el 25 de junio en Madrigal de las Altas Torres y La Adrada; el 26 de junio en Candeleda; Madrigal de las Altas Torres (Villar de matacabras) y Arévalo; el 28 de junio en Rivilla de Barajas; el 29 de junio en Santa María del Arroyo; y el 22 de julio en Burgohondo (el más grave jamás registrado en España) y El Barraco.

Por lo que se refiere a Valladolid, se apuntan los incendios del 25 de junio en Melgar de Arriba; del 26 de junio en Montealegre; el 27 de junio, en Medina de Rioseco; el 28 de junio en Villalba de Los Alcores y Renedo; el 29 de junio en Peñaflor de Hornija; y el 20 de julio en Íscar.

En la provincia de Burgos, se contemplan los impactos de los incendios forestales del 25 de junio en Tubilla del Agua, Padilla de Abajo y Castrojeriz; y del 22 d ejulio de San Vicente de Villamezán y Sopeñano.

Palencia, Zamora, Soria, Salamanca y Segovia menos afectadas

En Palencia, se incluyen los daños por fuegos iniciados el 25 de junio en Villalobón; el 20 de julio en Soto de Cerrato y Valdeolmillos; y el 22 de julio en Valderrábano; y en Zamora, los del 26 de junio en Casaseca de Las Chanas; el 27 de junio en Barcial del Barco; el 29 de junio en Hermisende; y el 22 de julio en Rábano de Aliste. 

En el caso de la provincia de Soria, se declaran las zonas afectadas por los incendios registrados el día 20 de julio en Retortillo de Soria; el 21 de julio en Iruecha; y el 24 de julio en Navaleno. En Salamanca, se apunta a un accidente de transporte de mercancías el 23 de mayo en Fuentes de San Esteban, y a los incendios forestales del 20 de junio en Castillejo de Martín Viejo; y del 20 de julio en Monsagro. Por último, en Segovia aparecen las zonas afectadas por los incendios del 28 de junio en Cuevas de Provanco; y del 20 de julio en Brieva.

El Ministerio del Interior gestiona ayudas

El acuerdo recoge ya una serie de ayudas que los damnificados pueden solicitar desde el momento en el que se produjo la emergencia y cuya gestión corresponde al Ministerio del Interior. 

Estas ayudas están destinadas a paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; gastos de corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, así como a subvencionar a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes para responder a las consecuencias de la emergencia.

También se prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico (duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados) y por expedición del DNI.

Posibilidad de otros departamentos de involucrarse

La declaración de zona afectada por una emergencia de protección civil abre además la vía para que otros departamentos del Gobierno puedan habilitar otras ayudas propias de sus ámbitos competenciales. 

En concreto, el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas. Como es habitual, las ayudas por daños personales estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Asimismo, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de la Seguridad Social.

Además, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática concederán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.

Cabe destacar que todos los ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública. 

Contrataciones 

En materia de contratación, podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, previo acuerdo del órgano de contratación, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras de reposición de bienes perjudicados y de valoraciones de daños, cualquiera que sea su cuantía. 

Por último, se podrá declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de estas obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.