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Una sentencia pionera obliga a la Junta a indemnizar con 7.000 euros la muerte de un perro de caza

Imagen de un grupo de cazadores con sus perros.
El fallo, al que ha tenido acceso Heraldo de León, resuelve un pleito impulsado por Carro Hurtado Abogados y reconoce responsabilidad administrativa por un ataque de lobo

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León ha dictado una resolución considerada histórica en el ámbito cinegético: la Junta de Castilla y León deberá compensar con 7.000 euros, más intereses, y 600 euros en costas al dueño de Wifi, un perro de caza fallecido el 3 de febrero de 2024. 

La decisión es firme y no admite recurso. La sentencia —a la que ha tenido acceso Heraldo de León— responde a una reclamación presentada por Carro Hurtado Abogados, despacho que ha impulsado este procedimiento.

El ataque en una batida en Riello

El animal, propiedad de Diego Puebla, participaba en una cacería en la zona de Salce, pedanía de Riello, cuando desapareció junto a otros canes tras iniciar la persecución de una pieza. El ataque se produjo en un área boscosa sin cobertura, lo que dificultó las comunicaciones y el rastreo. 

El propietario dio aviso a los agentes medioambientales, aunque —según trasladó el letrado en su demanda— "no se adoptaron medidas y el perjuicio recayó íntegramente en el particular".

La prueba pericial, determinante

El juzgado ha dado por demostrado que la muerte del perro fue causada por un lobo, apoyándose en un informe veterinario que detalla los signos característicos de este tipo de agresiones y que valora al animal conforme a sus cualidades como sabueso español. 

En palabras de la resolución: "En cuanto a la acreditación de la especie que atacó al perro hay que señalar que no existe ningún informe sobre la especie que causó el daño al perro del recurrente, pero la persona que encontró el animal cuenta por un lado que observan un lobo, sin que conste que por la zona hay animales de apariencia y características similares y hace una descripción de cómo se causan los daños por un lobo y un jabalí, que demuestras una experiencia en relación con esos ataques."

"Queda acreditado el daño"

La magistrada concluye que el ataque es atribuible a fauna silvestre, lo que activa la responsabilidad patrimonial de la administración: "Por esas razones queda acreditado un daño causado por fauna silvestre y que la administración tiene la obligación de resarcir".

"En cuanto al importe de los daños queda acreditado por el informe pericial que obra en las actuaciones… ninguna otra prueba permite considerar que los daños son indebidos o excesivos", añade.

La estrategia jurídica del despacho

El procedimiento fue dirigido por Jorge Carro, abogado de Carro Hurtado Abogados, quien argumentó que la Junta debía responder igual que lo hace en los ataques a ganado o mastines, ya indemnizados con regularidad. Carro Hurtado Abogados destaca que la decisión representa un punto de inflexión en los casos de daños provocados por el lobo a perros de caza, un terreno hasta ahora poco reconocido por la administración.

Más casos en marcha ante el aumento de ataques

Desde el despacho del letrado se subraya que muchos afectados desisten de reclamar por la complejidad de estos expedientes y por la protección estricta del lobo. No obstante, insiste en que si existe daño imputable a la Administración, esta debe indemnizar. 

Señalan además que en zonas como Omaña y áreas próximas a Asturias se registran incidentes cada vez más frecuentes, y confirman que el despacho ya tramita otro procedimiento similar en Maraña para el que esperan la misma resolución.