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Jara, la sindicalista leonesa que irá a prisión por defender a otra mujer: "Somos mujeres que defendemos a mujeres"

El juez de Gijón desestima suspender la condena de tres años y medio de prisión a las seis sindicalistas de CNT, conocidas como Las 6 de La Suiza, por una campaña de protesta contra un empresario acusado de acoso laboral y sexual | La defensa y la Fiscalía estaban a favor de suspender su entrada en la cárcel
Concentración en defensa de Las 6 de la Suiza.
Concentración en defensa de Las 6 de la Suiza.

Jara, militante leonesa del sindicato CNT, irá a prisión junto a otras cinco compañeras por participar en una campaña de denuncia sindical que el juez ha calificado como un delito continuado de coacciones graves. La activista no ha mostrado señales de arrepentimiento ante el auto que confirma su ingreso: “Lo volvería a hacer. Somos mujeres que defendemos a mujeres”, ha reiterado desde el inicio del proceso.

El caso, conocido como Las 6 de La Suiza, hace referencia a una serie de protestas organizadas en 2016 contra una pastelería asturiana, cuyo propietario fue denunciado por presunto acoso a una empleada. La respuesta organizada por CNT derivó en concentraciones, boicots y difusión de mensajes de denuncia a través de redes sociales. La justicia ha considerado estos actos como “hostigamiento” que derivó en el cierre del negocio.

Condena firme pese al criterio de la Fiscalía

El juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, Lino Rubio Mayo, ha decidido no suspender la condena de tres años y medio de cárcel, a pesar de que tanto la defensa como la Fiscalía habían solicitado la suspensión. El magistrado alega que no hay arrepentimiento por parte de las acusadas, y que la responsabilidad civil abonada por el sindicato no basta para justificar la suspensión.

En el auto, el juez argumenta que las sindicalistas siguieron denunciando públicamente la sentencia impuesta por la Audiencia Provincial de Asturias y ratificada por el Tribunal Supremo, lo que, según él, evidencia su falta de arrepentimiento.

La cárcel como castigo ejemplarizante

El criterio del juez coincide con la línea marcada por Javier Gómez Bermúdez, exmagistrado de la Audiencia Nacional y abogado de la acusación, quien sostuvo la necesidad de una “función ejemplarizante” de la pena, más allá de los principios constitucionales de reinserción. “El daño causado fue desproporcionado”, sentenció el juez, aludiendo al cierre del establecimiento como consecuencia de las protestas.

Una sentencia con implicaciones peligrosas para la acción sindical

Desde la Plataforma de Abogacía Defensa de la Acción Sindical han criticado duramente la resolución judicial, que, según advierten, “sienta un precedente jurídico muy nocivo” para derechos fundamentales como la libertad de expresión, de manifestación y sindical. “Se pone así al sistema jurídico español al nivel de Turquía”, señalaron.

La plataforma subraya que las protestas sindicales implican inevitablemente un impacto económico sobre las empresas, pero que ese no puede considerarse delito si se ejercen pacíficamente. “El Constitucional ha reconocido el boicot como un fin lícito”, recordaron.

Dos relatos enfrentados

Mientras que la sentencia del Supremo sostiene que se produjo una campaña de presión con actos de coacción al empresario, desde CNT se insiste en que fue una protesta legítima contra un presunto explotador. Alba García, portavoz del sindicato, declaró a infoLibre: “Todo comenzó con una mujer que sufría distintos tipos de violencia machista y que lo único que quería era que se le pagaran las cantidades adeudadas”.

Las sindicalistas, añadió, organizaron concentraciones pacíficas y sin violencia, en presencia policial, para denunciar una situación de abuso laboral y machista. “Sí se llamó al boicot –hilvana García–, pero eso es legal. Si el barrio decidió no consumir en un lugar donde se explotaba a los trabajadores, no puede castigarse con cárcel”.