El tiempo

El Supremo confirma dos años de cárcel a dos empresarios por una estafa de carbón

La sentencia ratifica la condena de la Audiencia Provincial de León remarcando que Pedro Emiliano Román y Faustino Ovín engañaron a Energy Fuel Asturias con un contrato de 15.000 toneladas cuyo pago nunca llegó
Maquinaria pesada retirando mineral de una montaña de carbón.
Maquinaria pesada retirando mineral de una montaña de carbón.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de prisión para los empresarios mineros asturianos Pedro Emiliano Román y Faustino Ovín Polo, al considerar probado que ambos participaron en una estafa a la empresa Energy Fuel Asturias, con sede en Avilés. La resolución respalda íntegramente las sentencias previas de la Audiencia Provincial de León y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los hechos se remontan a agosto de 2015, cuando ambas partes firmaron un contrato para el suministro de 15.000 toneladas de carbón a un precio de 115 euros por tonelada más IVA, con pagos fijados mediante pagarés a 60 días. El carbón comenzó a trasladarse en octubre de ese año a los lavaderos de Prado de la Guzpeña, donde participaban varias empresas vinculadas a los condenados.

Un entramado empresarial y un impago que derivó en pérdidas para Energy

Según publica La Nueva España, la operación se articuló a través de varias sociedades, entre ellas Carbones Román, Carbones Lillo y Explocanteras, que actuaban en distintos tramos de la cadena de extracción, transporte y almacenamiento del mineral. La mercancía procedía de la escombrera denominada “Quemadas”, cuyo aprovechamiento había sido solicitado a la Junta de Castilla y León y autorizado en febrero de 2017.

El problema estalló cuando, el 1 de enero de 2016, el primer pagaré emitido por Carbones Román resultó impagado por falta de fondos, generando un sobrecoste inicial de 7.263,39 euros para Energy. A partir de ahí se encadenaron dos nuevos pagarés también incumplidos y un reconocimiento de deuda sin respaldo patrimonial, lo que prolongó la situación sin permitir la recuperación efectiva del carbón ni el cobro pendiente.

La supuesta sustracción del carbón y el proceso penal asociado

En marzo de 2016, cuando Energy comunicó su intención de retirar la mercancía por los continuos impagos, Román y Ovín alegaron que el carbón había sido “sustraído” por terceros días antes y que existía una denuncia por hurto. Esa denuncia derivó en un procedimiento en el juzgado de Cistierna, archivado de manera provisional al no apreciarse delito por parte del supuesto autor de la sustracción.

Paralelamente, Energy inició acciones civiles para recuperar el dinero, lo que originó un juicio cambiario que continúa en fase de ejecución.

El Supremo cierra la vía penal y confirma la responsabilidad de los acusados

El Tribunal Supremo respalda ahora la calificación de estafa al considerar acreditado que los dos empresarios actuaron de forma concertada y sin capacidad real de cumplir con los pagos pactados. La condena incluye, además de la pena de prisión, la obligación de responder por las cantidades adeudadas, en un proceso que seguirá su curso por vía civil.

La resolución pone fin a un litigio iniciado hace casi una década y reafirma la responsabilidad penal de Román, exgestor de la mina de Cerredo —vinculado históricamente a Minarsa y a la Hullera Vasco-Leonesa—, y de Ovín, también implicado en la operativa que llevó a la pérdida del carbón y al perjuicio económico sufrido por la empresa avilesina.