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El juez abre juicio oral a Iñigo Errejón por la presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá

El magistrado Adolfo Carretero cita al exportavoz de Sumar el próximo 15 de enero tras valorar que "los indicios existen"
Iñigo Errejón, durante una de sus comparecencias públicas, en un imagen de archivo.
Iñigo Errejón, durante una de sus comparecencias públicas, en un imagen de archivo.

El magistrado Adolfo Carretero ha dictado un auto por el que acuerda la apertura de juicio oral contra el exdiputado y antiguo portavoz parlamentario de Sumar, Íñigo Errejón, por un presunto delito de agresión sexual denunciado por la actriz Elisa Mouliaá. Los hechos investigados se sitúan en una noche de finales de octubre de 2021.

Según la resolución que publican varias agencias este miércoles, el juez fija un plazo de un día para que Errejón consigne una fianza de 30.000 euros, con el objetivo de “asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele”.

El instructor también ha señalado una comparecencia para el 15 de enero a las 9:30 horas, cuando está previsto “emplazarle, requerirle y notificarle el auto de apertura de juicio oral”.

Diligencias

La decisión llega después de que el pasado mes de noviembre, tras trece meses de diligencias, el juez resolviera procesar a Errejón. En ese periodo se tomó declaración al exdiputado, a Mouliaá, a varios testigos y a especialistas en psiquiatría, además de requerir a ambas partes la entrega de las conversaciones mantenidas en fechas próximas a la supuesta agresión.

En la denuncia, la actriz sitúa el episodio tras la presentación de un libro de Errejón, en un contexto de contacto previo durante casi un año a través de redes sociales. Mouliaá sostiene que, tras el acto, acudieron a tomar unas cervezas a un bar cercano y que, como ya tenía previsto ir esa noche a una fiesta en casa de un amigo, invitó “por educación” al dirigente a acompañarla.

En su valoración, el juez indicó que “los indicios existen y no han sido totalmente desvirtuados por la versión del investigado, su prueba pericial y documental”.

El juez respalda la versión de Mouliaá

Carretero expuso que, al no existir testigos “presenciales” y apoyarse la causa en declaraciones indirectas y pruebas periciales, “el principal indicio probatorio” se encuentra en el testimonio de Mouliaá. En el auto, el magistrado precisa que ese examen se ha hecho “desde el punto de vista de un instructor y no de un juzgador”.

El instructor añadió que, a su juicio, la denunciante “no tenía ningún móvil espurio, enemistad, odio o venganza” hacia Errejón, “sino más bien todo lo contrario”. En esa línea, subrayó que “su declaración es coherente en lo esencial”.