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Amilivia reclama para el Consejo de Cuentas más competencias de lucha anticorrupción

Cuestiona si la adscripción de la Autoridad Independiente en materia de corrupción (AICCYL) a la institución propia que preside, “es el encaje institucional más adecuado”.
El presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Mario Amilivia. Foto: Rubén Cacho
El presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Mario Amilivia. Foto: Rubén Cacho

El presidente del Consejo de Cuentas, Mario Amilivia, se cuestiona si la adscripción de la Autoridad Independiente en materia de corrupción (AICCYL) a la institución propia que preside, “es el encaje institucional más adecuado”. Al respecto, recuerda que el Consejo de Cuentas “adolece” de “competencia en materia de prevención de la corrupción” y el órgano de control externo “no tiene en su regulación, ningún tipo de competencia directa” en esa materia.

Así, Mario Amilivia apunta como “solución más lógica” a la “ampliación competencial del Consejo de Cuentas en dicho ámbito o, en su defecto, a sensu contrario, la plena autonomía, también orgánica y presupuestaria, de la AICCYL mediante la correspondiente modificación legislativa”, informa Ical.

Dificultades en su puesta en marcha

Amilivia denuncia también las “dificultades” de la puesta en marcha de la Autoridad Independiente en materia de corrupción, que devienen de su adscripción presupuestaria a la institución propia que preside “que, en estos momentos, por distintas circunstancias, no dispone de una dotación específica para la Autoridad, sin perjuicio de que ha asumido su puesta en marcha con un presupuesto prorrogado que no contemplaba la creación de la AICCYL”.

Mario Amilivia hace estas reflexiones en un artículo que lleva como título "Una visión del modelo español de control externo y lucha contra el fraude. La experiencia en Castilla y León", que publica el número 85 de la revista Auditoría Pública. El texto expone que la creación en Castilla y León, adscrita al Consejo de Cuentas, de la Autoridad Independiente en materia de corrupción “viene a poner luz ante un problema que, como acaba de publicar Transparencia Internacional, sigue muy presente”. Sin embargo, agrega que “la incógnita es, si adoleciendo el Consejo de Cuentas de competencias en esta materia, es el presente encaje institucional el más adecuado para tal fin”.

Un caso singular

El presidente del Consejo de Cuentas también destaca que la puesta en marcha de la AICCyL no estuvo exenta de dificultades, “estrechamente relacionadas con algunos de los problemas consecuencia” de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que “contiene aspectos de imposible cumplimiento dadas las características de nuestra Comunidad Autónoma”.

Mario Amilivia considera el caso de la Comunidad, “ciertamente singular” cuando se crea la autoridad adscrita al Consejo de Cuentas, para dar cumplimiento tanto a la directiva de la Unión Europea, como a la normativa estatal; y actúa, conforme a su regulación, “como canal externo de denuncias, respecto de la gestión administrativa del sector público autonómico y local, tiene potestad sancionadora y también desarrolla funciones de prevención”.