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La Audiencia Nacional rechaza por extemporáneo un recurso de Zapatero en el caso Plus Ultra

Rodríguez Zapatero, a su llegada a la Audiencia Nacional.
El juez José Luis Calama considera que la defensa del expresidente presentó el incidente de nulidad una vez superado el plazo legal de 20 días desde el acceso a las actuaciones

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones promovido por la defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en el marco de la investigación del denominado caso Plus Ultra. El magistrado fundamenta su decisión en que la solicitud fue registrada fuera del plazo establecido por la legislación procesal para este tipo de recursos.

En un auto, el instructor recuerda que la normativa fija un límite de 20 días para plantear un incidente de nulidad desde que la parte afectada tiene conocimiento efectivo de la actuación que considera lesiva para sus derechos fundamentales.

El cómputo del plazo

La resolución judicial precisa que el inicio de ese plazo no depende de la valoración que cada parte haga sobre la conveniencia de recurrir, sino del momento en que dispone de acceso suficiente a la documentación del procedimiento.

En este sentido, el magistrado explica que ese conocimiento se produce cuando las diligencias se ponen a disposición de las partes mediante los cauces habilitados, ya sea a través de la entrega de copias, la consulta del expediente o el acceso electrónico al contenido de la causa.

Según recoge el auto, la comunicación con la documentación fue remitida el 25 de mayo a todas las partes personadas. Asimismo, el juez hace constar que la representación procesal de Rodríguez Zapatero recibió la correspondiente notificación en la dirección de correo electrónico facilitada por su defensa, así como el acceso a la documentación a través de la plataforma habilitada.

La petición de la defensa

El incidente de nulidad había sido presentado el pasado 25 de junio por el abogado Víctor Moreno Catena, quien sostenía que durante la instrucción se habían vulnerado diversos derechos fundamentales del expresidente.

Además de solicitar la declaración de nulidad de actuaciones, el escrito interesaba que quedaran sin efecto varias resoluciones dictadas durante la investigación, entre ellas las que autorizaron la entrada y registro en el despacho profesional de Rodríguez Zapatero.

Ese registro dio lugar a la apertura de una pieza separada dentro del procedimiento después del hallazgo de diversas joyas cuyo valor fue estimado en alrededor de 1,3 millones de euros.

La investigación continúa

Con esta resolución, la Audiencia Nacional mantiene la validez de las actuaciones practicadas hasta el momento en la causa, al considerar que el recurso fue formulado una vez expirado el plazo legal previsto para cuestionarlas mediante un incidente de nulidad. La decisión del magistrado se limita a resolver la admisión temporal del recurso y no entra a valorar el fondo de las alegaciones planteadas por la defensa del expresidente.