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El Ayuntamiento de Murias de Paredes prohíbe la acampada en el municipio con motivo del eclipse

Advierte que, si se constata la existencia de alguna, se requerirá a los ocupantes su levantamiento y retirada y, si se incumple el requerimiento, se recabará el auxilio de la Guardia Civil
El miércoles 12 de agosto, la península ibérica vivirá el eclipse solar total más relevante desde 1905. El fenómeno comenzará a las 19:32 horas y alcanzará su máximo a las 20:28 horas.
Imagen de un eclipse solar.

El Ayuntamiento de Murias de Paredes, en la provincia de León, emitió este viernes un decreto mediante el que, con motivo del eclipse solar del próximo miércoles, 12 de agosto, y ante la situación de riesgo de incendios forestales, prohíbe la acampada, en cualquiera de sus modalidades, en la totalidad del término municipal, tanto en terrenos de titularidad pública como en terrenos de titularidad privada. La restricción permanecerá vigente entre las 00:00 horas del martes, 11 de agosto, y las 23:59 horas del jueves, día 13.

Qué se considera acampada

El decreto, al que tuvo acceso la Agencia Ical, especifica que se entiende por acampada la instalación o permanencia, con ánimo de pernoctar o de estancia prolongada, de tiendas de campaña, toldos, lonas, hamacas, caravanas, remolques habitables, autocaravanas en régimen de acampada o cualesquiera otros elementos fácilmente transportables destinados a alojamiento, así como la pernoctación al raso con despliegue de enseres, fuera de establecimientos de alojamiento debidamente autorizados.

Retirada inmediata y posibles sanciones

Por este motivo, el documento también advierte que, si se constata la existencia de una acampada contraria a lo anteriormente dispuesto, se requerirá a los ocupantes su levantamiento y retirada inmediatos. Además, en caso de incumplimiento del requerimiento, se recabará el auxilio de la Guardia Civil y se formulará la oportuna denuncia ante los órganos competentes en materia de montes, de turismo y de seguridad ciudadana, remitiendo el correspondiente parte de hechos.

Prohibido hacer fuego

De igual forma, el Ayuntamiento prohíbe durante el mismo periodo encender fuego de cualquier clase en espacios abiertos, así como el uso de barbacoas, hornillos, cocinas de gas o alcohol, velas, antorchas y elementos análogos, la introducción y utilización de material pirotécnico y artefactos de cualquier clase que contengan fuego, arrojar al terreno colillas, fósforos o cualquier otro objeto en combustión, el estacionamiento de vehículos sobre pastizal, rastrojo o vegetación seca pistas y caminos forestales cuando se impida u obstaculice el paso de vehículos de emergencia.