Amilivia defiende la "independencia funcional" y la "autonomía orgánica" de los fiscalizadores
Las instituciones fiscalizadoras autonómicas deben contar con el adecuado rango jurídico estatutario, además de ser equidistantes, con la ineludible independencia funcional y autonomía orgánica, de gestión y presupuestaria, reivindicando su papel fundamental en la democracia, el control externo de los recursos públicos.
Esta fue una de las ideas fundamentales expuestas esta mañana por el presidente del Consejo de Cuentas de Castilla y León, Mario Amilivia, quien participó en el Encuentro de Alto Nivel “Control externo e independencia”, organizado por el Tribunal de Cuentas en colaboración con la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). Amilivia intervino junto con el Sindic major de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, Miquel Salazar, en el apartado sobre “Las instituciones de control externo y la independencia: Retos actuales”.
El Encuentro fue inaugurado el lunes por la presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, y un representante de la organización internacional, y se ha desarrollado durante dos jornadas en la Fundación Ortega-Marañón, reuniendo a representantes institucionales, organismos internacionales, del ámbito académico y responsables del control público para reflexionar sobre el papel de la independencia en el ejercicio de la fiscalización de los recursos públicos.
El presidente del Consejo de Cuentas aseveró que para reafirmar su independencia las entidades fiscalizadoras autonómicas “deben ser instituciones propias de rango estatutario, con una regulación jurídica suficiente, posteriormente desarrollada mediante las leyes correspondientes, y con equidistancia institucional al no estar integradas en ninguna de las consejerías u otras entidades de las administraciones respectivas”.
Independencia funcional y autonomía orgánica, de gestión y presupuestaria
Estas instituciones, dijo, deben gozar de independencia funcional y autonomía orgánica, de gestión y presupuestaria. Entendiendo por independencia funcional que “nadie se debe entrometer en su labor técnica y que sean las propias entidades fiscalizadoras las que decidan qué y cómo se fiscaliza”.
Con relación a ello, precisó que el Consejo de Cuentas de Castilla y León “es la única entidad de control externo que no aprueba su plan anual de fiscalizaciones, competencia que continúa residenciada en el Parlamento autonómico”.
Independencia funcional de estas entidades fiscalizadoras autonómicas a la que, defendió, debe sumarse su plena autonomía orgánica, sin perjuicio de su dependencia al respectivo parlamento. “Por un lado, ello exige su no integración como un ente más del poder ejecutivo; y, por otro, deben tener atribuida la competencia para aprobar sus propios presupuestos, así como su RPT o su propio reglamento orgánico sin ningún tipo de refrendo parlamentario”, reclamó.
Remarcó asimismo que “deben contar con adscripción presupuestaria, pero con plena autonomía orgánica y funcional porque los presupuestos de los que estas son dotadas condicionan su grado de independencia, siendo imprescindible, por tanto, la suficiencia presupuestaria”, postuló.
Reformas normativas necesarias
En esta línea, significó que el Consejo de Cuentas ha insistido en el presente mandato en la necesidad de abordar un conjunto de reformas normativas, tanto para reforzar la autonomía orgánica y funcional de la institución como para estimular la rendición de cuentas. Con ello, se pretende además dotar al personal de un régimen coherente con su alta cualificación a fin de seguir cumpliendo su cometido estatutario con la plena garantía de ofrecer el mejor servicio a la ciudadanía.
Por otro lado, al hilo del debate sobre duplicidad o gasto superfluo en el ámbito de estas entidades fiscalizadoras argumentó que se trata de una errónea controversia ya que, por ejemplo, en el caso de Castilla y León, “comparando los 20 años anteriores a la existencia del Consejo de Cuentas y los 20 posteriores se ha pasado de 45 a 320 auditorías, es decir, se ha fiscalizado siete veces más. Por tanto, quienes mantienen que estas instituciones no son necesarias, deberían asumir que su ausencia implicaría, en todo caso, una merma de control”, sostuvo.
“No queramos ser lo que no somos”
Amilivia enfatizó también en su intervención en estas Jornadas sobre los retos del control externo y la independencia que la inevitable evolución de la auditoría pública, sensible a los cambios y prioridades de la sociedad, “no debe conducir a estas instituciones a perder el norte de lo que somos, porque nuestra independencia también reside en defender nuestra identidad”.
Con respecto a ello, subrayó que “somos un instrumento de las Cortes que controla el presupuesto, los recursos públicos, por tanto, una garantía para la democracia”. En esta línea, afirmó que “las entidades fiscalizadoras deberían evitar suplantar el papel de otras instituciones, e incluso asumir como propia la agenda política en cada momento, lo que no se corresponde con nuestra labor”. En definitiva, “distinguir claramente entre actuar con oportunidad o caer en el oportunismo, que es lo contrario a nuestra naturaleza”.
En cuanto a la gobernanza del control externo en España, apuntó que “el modelo de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y las entidades fiscalizadoras autonómicas es un éxito”, aunque consideró prioritaria “una distribución clara del papel de estas instituciones, especialmente en el ámbito autonómico y, específicamente, en materias que suelen ser competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas o compartidas en todo caso con el Estado”.
Apeló en tal sentido en delimitar los ámbitos de actuación y a una regulación jurídica para que no se cuestione la cualificación de una institución fiscalizadora en el ámbito de su Comunidad Autónoma ya que “revisar, suplantar o duplicar la actividad de una de estas entidades autonómicas implica cuestionar su autonomía y, obviamente, su independencia, incluso su propia creación”.
Precisó que, pese a la buena praxis de este modelo de colaboración, debería circunscribirse a las fiscalizaciones previamente consensuadas entre ambas partes, evitando disfunciones. Así, por ejemplo, en dos décadas de actividad del Consejo de Cuentas, el Tribunal de Cuentas realizó más de una veintena de fiscalizaciones cuyo alcance incluía entidades del sector público local o autonómico de Castilla y León.
Defensa del modelo colegiado y la importancia del consenso
Desde el punto de vista del modelo institucional, Amilivia defendió el modelo colegiado en las instituciones de control externo como es el caso del Consejo de Cuentas porque “es expresión de un carácter más democrático”: “Una pluralidad de personas de contrastada competencia técnica, con cuyo concurso de voluntades se forma la voluntad única del órgano colegiado, es decir, la verdad compartida”.
La independencia, añadió, “se garantiza con una apuesta decidida por ella, desde el punto de vista personal e institucional, es decir, por acercarse más a la verdad ajena que a la propia”. Valoró asimismo la importancia del consenso, subrayando que todos los informes del Consejo de Cuentas se han aprobado así históricamente, y consideró fundamental para el refuerzo de la independencia que estas instituciones se sometan permanentemente al escrutinio público, es decir, que la actividad de las instituciones se transmita a la opinión pública, y que, en su caso, se suscite debate.
Al mismo tiempo señaló que “es imprescindible comparecer ante los respectivos parlamentos para presentar los informes, sus conclusiones y recomendaciones, haciéndolo con la mayor prontitud para que sus análisis no pierdan vigencia”. Además de la inevitable incorporación de las innovaciones tecnológicas y la inteligencia artificial, una apuesta estratégica para modernizar la función fiscalizadora en un entorno cada vez más complejo y que obviamente incidirá en la independencia de estas instituciones.