Luz verde al cannabis medicinal: estará restringido a Hospitales y hará falta receta

El acceso al cannabis medicinal en España estará restringido a los hospitales y únicamente podrá ser solicitado mediante prescripción por parte de especialistas, cuando otros tratamientos farmacológicos no resulten eficaces frente a determinadas afecciones. Así lo ha establecido el Consejo de Ministros tras dar luz verde, este martes, a una nueva normativa que limita su dispensación al ámbito hospitalario y excluye la venta en farmacias, si bien no delimita de forma precisa las enfermedades para las que podrá recetarse.
Los estudios científicos han confirmado la utilidad clínica del cannabis medicinal en algunos casos, por ejemplo en pacientes con espasticidad causada por esclerosis múltiple, ciertos tipos severos de epilepsia resistentes a tratamiento, cuadros de náuseas y vómitos asociados a terapias oncológicas, así como en situaciones de dolor crónico resistente a otros medicamentos, según informa Pablo Linde en El País este martes.
Prescripción y ámbito hospitalario
La nueva regulación determina que el cannabis medicinal solo será accesible bajo estricta prescripción médica en hospitales, excluyendo su venta en oficinas de farmacia. Solo médicos especialistas en las patologías específicas tratadas podrán recomendar su uso, dejando fuera de esta facultad a los facultativos de atención primaria.
Según la normativa, la prescripción se limitará a pacientes para quienes existan “razones clínicas documentadas para su uso” en patologías donde otros medicamentos hayan resultado insuficientes, asegurando un marco de control y seguimiento riguroso dentro de los servicios hospitalarios autorizados.
Condiciones aprobadas y potencial terapéutico
Las investigaciones corroboran la eficacia terapéutica del cannabis en determinadas condiciones clínicas. Entre las principales destacan la espasticidad de la esclerosis múltiple, algunas variantes graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos inducidos por tratamientos contra el cáncer, así como el dolor crónico que no responde a los medicamentos convencionalmente empleados.
Frente a la insuficiencia de fármacos actuales en estos escenarios, las formulaciones magistrales derivadas de extractos estandarizados de cannabis emergen como alternativas con valor añadido en el ámbito sanitario.
Marco legal y función de la AEMPS
El texto aprobado, presentado por la ministra de Sanidad, Mónica García, no especifica una lista cerrada de indicaciones para la prescripción del cannabis medicinal. En su lugar, la regulación establece que los usos clínicos admitidos, y todos los requisitos de elaboración, dosificación y prescripción, se detallarán en monografías oficiales elaboradas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), organismo que contará con tres meses para su publicación.
De este modo, la norma introduce un cierto grado de flexibilidad al contemplar ajustes en las patologías según se disponga de nueva evidencia científica, permitiendo, con ello, la actualización progresiva de sus indicaciones.
Limitaciones en prescripción y elaboración
La ley restringe de forma clara tanto la facultad de prescripción como la producción de preparaciones farmacéuticas de cannabis medicinal. Solo los servicios autorizados de farmacia hospitalaria podrán encargarse de la elaboración de estas fórmulas magistrales.
El personal facultado para prescribir estos tratamientos queda reducido a los especialistas en las enfermedades objeto de la prescripción, siempre bajo criterios médicos y dentro de los casos justificados desde el punto de vista clínico.
Regulación de composición y control del cannabis medicinal
Los productos aprobados deberán tener claramente definidos los porcentajes de los dos componentes activos: el THC —responsable de los efectos psicoactivos— y el CBD, ya presente en medicamentos dispensados actualmente en farmacia para la epilepsia refractaria. Cabe recordar que el CBD es permitido en el sector cosmético, aunque regularmente se emplea para propósitos no autorizados, como tratar la ansiedad o el insomnio, situaciones para las que no está registrado legalmente.
Aquellos preparados que superen el 0,2% de THC estarán sometidos a controles adicionales y mayor fiscalización. Los laboratorios encargados de la fabricación y distribución de estos productos deberán acreditar el cumplimiento de los estándares de calidad, garantizar la trazabilidad y mantener actualizada la documentación y auditorías relativas a la cadena de suministro.